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Prescripción de Comparendos en Colombia: Cuándo Prescriben y Qué Hacer

Cuándo prescriben los comparendos de tránsito en Colombia, diferencia entre caducidad y prescripción, qué interrumpe el plazo, qué significa PRESCRITO en el SIMIT y cómo actuar.

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Es una pregunta frecuente entre conductores colombianos: ¿puedo seguir siendo cobrado por un comparendo de hace años? La respuesta depende de si el comparendo ha prescrito o no, y eso a su vez depende de lo que haya hecho (o no haya hecho) el organismo de tránsito. Esta guía explica el marco legal y qué pasos seguir.

Nota: Esta guía tiene carácter informativo general. Para situaciones específicas — especialmente cobros coactivos o impugnaciones — se recomienda asesoría de un abogado especializado en tránsito.

¿Qué es la prescripción de un comparendo?

La prescripción es la figura legal por la que una obligación se extingue por el simple paso del tiempo sin que el acreedor haya ejercido su derecho. En el caso de los comparendos de tránsito en Colombia, significa que el organismo de tránsito pierde la facultad de cobrarte la multa una vez vence el plazo legal.

El artículo 159 del Código Nacional de Tránsito (Ley 769 de 2002) establece el marco para la prescripción de sanciones de tránsito. Pero es importante distinguir dos figuras que suelen confundirse: la caducidad y la prescripción.

Caducidad vs prescripción: la diferencia clave

FiguraCuándo aplicaPlazo
CaducidadAntes de que el organismo notifique el comparendo al infractor1 año desde la infracción
PrescripciónDespués de la notificación, cuando la actuación administrativa quedó en firme5 años desde que la actuación quedó en firme

En la práctica, muchos comparendos aparecen como PENDIENTE en el SIMIT por años sin que la entidad haya iniciado cobro coactivo. Pero eso no significa automáticamente que están prescritos.

¿Qué interrumpe la prescripción?

La prescripción puede interrumpirse o suspenderse si la autoridad de tránsito:

  • Inicia el cobro coactivo
    Si la Secretaría de Tránsito o el organismo competente inicia formalmente el proceso de cobro coactivo, el plazo de prescripción se interrumpe desde ese momento.
  • Notifica al deudor
    Cualquier acto de notificación formal al infractor sobre el comparendo puede interrumpir el plazo de prescripción.
  • El conductor reconoce la deuda
    Si el conductor hace algún pago parcial o firma un acuerdo de pago, reconoce la obligación y reinicia el plazo de prescripción.

Estados de comparendos en el SIMIT

EstadoQué significa¿Debes pagar?
PENDIENTEMulta activa, sin pagarSí (si no ha prescrito)
PAGADOMulta canceladaNo — ya pagada
IMPUGNADOEn proceso de recurso o impugnaciónEsperar resolución
PRESCRITOEl plazo legal venció — extinguida oficialmenteNo — extinguida

Qué hacer si crees que un comparendo ya prescribió

  • 1
    Consulta el estado actual en el SIMIT
    Si aparece como PRESCRITO, está oficialmente extinguido. Si aparece PENDIENTE, sigue activo en el sistema.
  • 2
    Verifica la fecha de la infracción
    Anota la fecha exacta del comparendo y calcula si han pasado más de 5 años desde la actuación administrativa.
  • 3
    Consulta directamente al organismo de tránsito
    El organismo que impuso el comparendo puede indicarte si ha habido actuaciones de cobro coactivo que interrumpan la prescripción.
  • 4
    Si te están cobrando ilegalmente, presenta recurso
    Si el organismo intenta cobrar un comparendo prescrito, puedes presentar recurso de reposición alegando la prescripción de la acción. Considera asesoría legal especializada.

La mejor estrategia: no dejar que se acumulen

Esperar la prescripción es una estrategia incierta — la autoridad puede interrumpirla en cualquier momento con una actuación de cobro. La mejor forma de no tener sorpresas es saber cuándo aparece un comparendo nuevo y decidir de inmediato si pagarlo (con el 50% de descuento) o impugnarlo:

  • Alerta inmediata por email y app cuando aparece un nuevo comparendo en el SIMIT
  • Historial completo de comparendos por vehículo: fecha, estado y valor
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  • También cubre documentos vencidos: SOAT, tecnomecánica, licencias de conductores
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Preguntas frecuentes

¿A los cuántos años prescriben los comparendos en Colombia?+

El Código Nacional de Tránsito (Ley 769/2002) establece que la sanción prescribe a los 5 años contados desde que la actuación administrativa quedó en firme. Sin embargo, si la autoridad inicia el proceso de cobro coactivo antes de que venzan los 5 años, la prescripción puede interrumpirse o suspenderse.

¿Un comparendo que lleva años como PENDIENTE ya prescribió?+

No necesariamente. Que aparezca como PENDIENTE en el SIMIT no significa automáticamente que prescribió. La prescripción requiere que haya transcurrido el plazo legal desde que la actuación quedó en firme y que la entidad no haya iniciado cobro coactivo. Para saber con certeza si un comparendo específico está prescrito, es recomendable consultar directamente al organismo de tránsito que lo impuso.

¿Qué significa PRESCRITO en el SIMIT?+

Cuando el SIMIT muestra un comparendo con estado "PRESCRITO", significa que el organismo de tránsito ya registró formalmente que el término de prescripción venció y que ya no pueden cobrarte esa multa. Un estado PRESCRITO en el SIMIT es definitivo — esa multa ya no genera obligación de pago.

¿Qué es la caducidad de un comparendo?+

La caducidad es diferente de la prescripción. Según el Código Nacional de Tránsito, la autoridad de tránsito tiene 1 año desde la infracción para notificar formalmente el comparendo al infractor. Si no lo notifica en ese tiempo, el proceso caduca y pierde la facultad de iniciarlo. La caducidad se aplica antes de notificar; la prescripción aplica después.

¿Puedo impugnar un comparendo prescrito que me siguen cobrando?+

Sí. Si un organismo de tránsito intenta cobrar un comparendo que ya prescribió, puedes presentar recurso de reposición alegando la prescripción de la acción. Para esto necesitas evidencia de la fecha de la infracción y demostrar que pasaron más de 5 años sin que se iniciara el cobro coactivo. Se recomienda asesoría de un abogado de tránsito en estos casos.

¿Los comparendos prescritos afectan el SOAT o los trámites?+

Un comparendo en estado PRESCRITO en el SIMIT no debería impedir la renovación del SOAT ni otros trámites de tránsito. Sin embargo, si el comparendo aparece como PENDIENTE (no PRESCRITO) en el sistema, sí puede generar impedimentos aunque en la práctica el término haya vencido. En ese caso hay que solicitar al organismo de tránsito que actualice el estado.

¿Cómo saber si mis comparendos están prescritos?+

Puedes consultar el estado en simit.org.co. Si aparecen como PRESCRITO, el sistema ya los reconoce como tales. Si aparecen como PENDIENTE pero son de hace más de 5 años, debes verificar con el organismo de tránsito si ha habido actuaciones de cobro coactivo que interrumpan la prescripción.

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